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Sistema RED para autónomos

El pasado 6 de marzo se publicó en el BOE la Orden ESS/214/2014, de 1 de marzo, por la que establece la obligatoriedad de los trabajadores autónomos de incorporarse al sistema RED y/o recibir notificaciones electrónicas de la Seguridad Social.


¿Qué es el sistema RED?

El Sistema de remisión Electrónica de Datos es la plataforma digital de la Tesorería General de la General que sirve para llevar a cabo de forma telemática los trámites de empresas y autónomos con la Seguridad Social.

¿Qué implica esta obligación?

Que los trabajadores autónomos deberán realizar sus trámites con la Seguridad Social de forma telemática, desapareciendo la gestión presencial en papel. Concretamente:

a)    Para autónomos con trabajadores
Gestión de altas y bajas de los trabajadores, así como de los Seguros Sociales.
Estos trámites ya se venían haciendo de forma telemática.

b)   Para los autónomos sin trabajadores
Gestión de altas, bajas, variaciones de datos y bases de cotización, procesos de incapacidad temporal, maternidad y paternidad y, en general todos los trámites y comunicaciones habituales a la Seguridad Social.

Nota: La Seguridad Social ha emitido una nota posterior a la publicación de la Orden aclarando que esta obligación NO se extiende a estos trabajadores autónomos, manteniéndose su voluntariedad.

c)    Recibir notificaciones. NOVEDAD
Las comunicaciones de la Seguridad Social a TODOS los trabajadores autónomos dejarán de remitirse en papel, pasando a realizarse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.

¿Cómo cumplir con la obligación?

a)    Para autónomos con trabajadores
A través de quien confeccione las nóminas de los trabajadores pues, como profesional, tendrá autorización para realizar todos los trámites en su nombre.

b)   Para los autónomos sin trabajadores en cuanto a la tramitación de las gestiones:
o   Personalmente
No será necesario realizar ningún trámite previo, simplemente realizar las oportunas gestiones a través del Sistema RED cuando sea preciso.
o   A través de un gestor autorizado
Podrá conceder autorización a un gestor autorizado.
Nota: esta autorización se puede conceder en cualquier momento a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social mediante certificado digital.

c)    Recibir notificaciones electrónicas. Para TODOS los trabajadores autónomos
a.    Personalmente
Deberá darse de alta en la sede electrónica de la Seg.Soc. https://goo.gl/WD1vGY indicando un teléfono móvil y un correo electrónico donde recibirán los avisos
b.    A través de un gestor autorizado
Podrá conceder autorización a un gestor autorizado. En este caso, las notificaciones las recibirán tanto el autónomo, como el gestor.
Si se concede al gestor autorización para realizar trámites en su nombre a través del sistema RED, automáticamente también recibirá las notificaciones electrónicas.


En cualquier caso, es muy importante que el trabajador autónomo disponga de certificado digital


¿Qué plazo tengo?

Se da de plazo para la incorporación al sistema hasta el próximo mes de septiembre. El trabajador autónomo que no se haya incorporado de forma voluntaria en esa fecha, será incorporado de oficio de forma obligatoria y, a partir de entonces, recibirá cualquier notificación de la Seguridad Social de forma telemática y será válida aunque no la haya recibido.

Lo más importante será disponer del certificado digital en vigor pues, con él, en cualquier momento podrá realizar trámites, recibir notificaciones o conferir su representación a un gestor.


¿Cómo obtener el certificado digital?
1.    Obtener el código de solicitud (CS) a través de internet
a.    Acceder a la página de la fnmt www.cert.fnmt.es
b.    Seleccionar la pestaña “certificados”, “persona física”, “Obtener certificado software” y seguir las instrucciones.
c.    El sistema devolverá un código de solicitud (CS)
2.    Personarse en cualquier oficina de la AEAT con:
a.    Código de solicitud (CS)
b.    DNI
NOTA: Es imprescindible pedir cita previa a través de internet para realizar este trámite
3.    Instalar el certificado en el ordenador
a.    Pasadas 24 horas desde el trámite anterior y en el mismo ordenador en el que se obtuvo el CS entrar de nuevo en la página de la fnmt.
b.    Seleccionar: “Obtenga su certificado” y “Descargar el certificado”
c.    Teclear el NIF y el CS
d.    Seguir las indicaciones de descarga
Si surge cualquier problema, existe un tel. de asistencia de la fnmt que funciona bien: 902181696 / 917406982 / 917040191.

LEY DE AUTÓNOMOS 2017

Por fin se ha publicado la esperada Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo que contempla una batería de medidas. Estas son las principales novedades:


MEDIDAS PARA NUEVOS AUTÓNOMOS O PARA SU REINCORPORACIÓN

·         Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año para nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años.
·         Los emprendedores podrán optar de nuevo a esta tarifa plana pasados dos años desde que la disfrutaron. 
·         Se aplican mejoras para los emprendedores con discapacidad.
·         Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden hasta los 24 meses. Los seis siguientes a los doce de tarifa plana de 50 euros, se bonifica al 50% y los últimos 6 al 30%.
Nota: La norma no hace referencia a los autónomos societarios por lo que se entiende que, como hasta ahora, la TGSS les excluye de estas medidas, pese a contar ya con sentencias de los Tribunales que reconocen este derecho.

MEDIDAS SOBRE COTIZACIONES Y RECAUDACIÓN

  • Los autónomos sólo pagarán desde el día efectivo que se dan de alta o de baja en el RETA y no todo el mes como hasta ahora.
  • Los autónomos podrán darse tres veces de alta y de baja en el mismo año.
  • Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos.
  • La contratación indefinida por parte del trabajador autónomo como trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, se bonifica las contingencias comunes el 100%  un período de 12 meses.
  • Se reducen los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes.

MEDIDAS FISCALES

·         Los autónomos que trabajen desde casa podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros (agua, luz y telefonía) correspondientes a la parte proporcional de m2 dedicados a la actividad.
o    Ejemplo: si tenemos una vivienda de 120 metros, de la cual dedicamos 30 metros a la actividad, y el gasto de suministro de agua es de 150€, el contribuyente podrá deducirse como gasto 150x0,25x0,3= 11,25€, un 7,5%.
·         Se podrán deducir 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida, cuando afecta directamente a la actividad. En el extranjero asciende a 48€. Todo ello, siempre que se cumpla:
o   Que se incurran en el desarrollo de la actividad económica.
o   Que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería
o   Que se abonen utilizando medios electrónicos de pago
*     Nota: La redacción de la norma nos deja dos dudas sobre su aplicación. La primera en cuanto a qué comidas sí y cuáles no cuando dice incurridos en el desarrollo de la actividad económica" La segunda sobre si los autónomos societarios podrán beneficiarse de este deducción y de qué modo.

MEDIDAS SOCIALES

  • Se ha establecido una tarifa plana de 50 euros de cuota para las madres que reemprendan antes dos años desde que cesó su negocio por maternidad, adopción, acogimiento, etcétera. Es una excepción para que no tengan que esperar a cumplir dos años desde que fueron autónomas por última vez para poderse acoger a la tarifa plana como el resto.
·         Los autónomos que sean madres/padres estarán exentos de pagar cuota durante el periodo de baja por maternidad/paternidad, adopción, acogimiento, etcétera.
·         Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
  • Se podrá cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando para aquellos autónomos que ejerzan su actividad por cuenta propia, si tienen al menos un trabajador a su cargo. (Para su entrada en vigor, habrá que tener en cuenta los Presupuestos Generales del Estado).
  • Se reconoce el accidente in itinere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los trabajadores autónomos, siempre que no coincida con su domicilio.

Ø  Entrada en vigor

Las medidas indicadas entrarán en vigor el 1 de enero de 2018, con la excepción de aquellas que indican expresamente una fecha diferente.


Ø  Aspectos no regulados en esta norma

Esperábamos que esta Ley hubiera regulado  y clarificado las condiciones de deducibilidad de la adquisición y uso de automóviles de turismo por parte de los trabajadores autónomos. La mentamos que la cuestión no haya tenido cabida en esta reforma.

También se esperaba que la tarifa plana prevista para nuevos autónomos se extendiera a los societarios, máxime cuando ya hay varias sentencias de Tribunales Superiores de Justicia que han reconocido este derecho.  

¿Dónde está la bajada de impuestos anunciada a los autónomos?

A mediados de 2012 el Gobierno nos dejó con la boca abierta y el bolsillo seco cuando anunció un paquete de medidas entre las que se encontraba la subida del IVA y un brutal incremento del 15 al 21% en el tipo de retención a autónomos profesionales.

Estas medidas tuvieron efectos devastadores tanto en el consumo interno en general como en la maltrecha economía de los autónomos en particular. El cambio supuso que, por un trabajo hecho de 1.000 €, tras ingresar el IVA y aplicarle la retención, un profesional pasara a recibir 790 €, cuando antes recibía 850 €. De ahí tiene que deducir gastos y su seguridad social. Sin duda un importante recorte a su capacidad adquisitiva.


Al incremento de la retención hubo que sumarle la subida del IVA, el cliente tenía que pagar más por el mismo servicio, cuestión que lastraría la actividad económica. Y todo ello a favor de las arcas del Estado que pasó a recaudar, de un día para otro, nada más y nada menos, que un 27% más de todo lo que facturan los profesionales de nuestro país.


Pero el efecto verdaderamente perverso del incremento de la retención fue que muchos trabajadores pasaran a ser mendigos de Hacienda, de tal modo que una parte importante del dinero que necesitan para vivir, fruto de su trabajo, y que no son impuestos, simplemente, retenciones, le ha de ser entregado a Hacienda y ésta se lo devuelve muchos meses después, cuando la Administración tiene a bien hacerlo una vez presentada la declaración sobre la renta.

Nada mejor que un ejemplo para darse cuenta de la magnitud del problema generado en miles de autónomos:

Ramón tiene dos hijos y paga su hipoteca como todo el mundo. Es diseñador gráfico, trabaja para varios clientes, empresas de publicidad, medios de comunicación y tiendas de moda. Su facturación media mensual es de 1.800 €. A esta cifra hay que quitarle los gastos, la cuota de autónomos y la retención, le queda para vivir 834 € cada mes.

Sin embargo, cuando hace la declaración, su tipo impositivo medio es del 8,5 %, lo que provoca que le salga a devolver 3.126 €, dinero que recibirá, si todo está correcto, entre mediados y finales del año siguiente.


Es decir, Ramón tiene que vivir con 834 € al mes cuando, tributando lo que le corresponde, le pertenecen 1.095 € (834 + 3.126/12), sin embargo tiene que esperar a que Hacienda le devuelva 3.126 € para ver aliviada su situación financiera y poder pagar lo que se ha visto obligado a pedir prestado.

Pero eso sí, nos explicaba en aquel triste momento el ministro con las orejas gachas mientras anunciaba la tropelía, el incremento tan brutal de la retención es temporal ya que en 2014, en lugar del 21%, se quedará en el 19%.

Lejos de respirar aliviados, todos sabíamos que la situación iba a empeorar debido a que, a la subida de la carga impositiva, hubo que sumarle entonces un inmediato descenso de las ventas, ya que esta medida incrementaba los costes de los servicios, lo que volvió casi imposible mantener la cartera de clientes. Consecuencia, cierre de muchos negocios y reducción de la actividad económica en general.


Pero creado el problema, ahora, dos años después, cuando piensan que todo aquello se nos ha olvidado, viene el mismo ministro a salvarnos anunciándonos que el tipo de retención a autónomos profesionales desciende al 19%, algo que ya estaba previsto para 2014 y que además ha demorado un año. 


Con este anuncio, ¿querrán hacerle creer a Ramón que están cumpliendo con la bajada de impuestos que prometieron en su programa electoral?.

Joaquín Puerta para villaviciosadigital.es  


Foto de cabecera: Andrés Nieto Porras 

Marcas de guerra

Aquel día se mereció un tatuaje, grabarlo en la piel para no olvidarlo jamás. Aquel día Gabriela aprendió una lección para tener presente el resto de sus días como emprendedora. Había contactado tiempo atrás con un cliente fuerte, un pez gordo al que ya le vendía consumibles y accesorios, pero esta vez le convenció para presentarle un proyecto de los grandes.

Cada vez que hacía una visita comercial Gabriela buscaba descubrir necesidades que su empresa pudiera satisfacer, creía en el trabajo bien hecho, en el valor del esfuerzo y en el reconocimiento de la lealtad y la honestidad. 

Cuando se entrevistó con el director técnico en la panificadora, observó como dos operarios se afanaban en llevar sacos de harina y otras materias primas para alimentar ciertas máquinas con el fin de que no dejaran de funcionar, vio además como otros aparatos hacían paradas de unos segundos cada cierto tiempo y posteriormente reanudaban la marcha.

-       ¿Quieres ahorrar un buen dinero? – Al director técnico se le congeló la mirada cuando oyó aquellas palabras. Clavó sus ojos en ella y hubo unos segundos de silencio que significaban, ¡dispara!.
-       Fíjate en aquellas máquinas, han de ser sobrealimentadas a mano porque el sistema automático no abastece lo suficiente en ciertos momentos, esto provoca que en partes posteriores del proceso haya un pequeño retraso lo que se traduce en una parada y arranque de los motores primarios. Esta anomalía es apenas perceptible porque el proceso no se para, sin embargo, el reinicio de los motores conlleva un consumo innecesario de energía que a lo largo del tiempo supone un buen dinero.

El director técnico seguía sin parpadear, llevaba tiempo recibiendo presiones de la dirección para reducir la factura de la luz.

-       ¿Cómo sabes eso?

Fueron las palabras exactas que le daban pie a Gabriela para exponer su argumento comercial.

-       Ten en cuenta que visito varias fábricas cada día y no es la primera que me tropiezo con este problema. La solución es bastante sencilla, tenemos que estudiar la capacidad de producción y la demanda de alimentación centralizando los procesos en un centro de mando, de este modo logras un control total de la producción y los consumos de recursos en tiempo real con un golpe de vista. La inversión no es muy costosa y se amortiza en menos de un año, si quieres te ayudo a presentarle un proyecto técnico y económico a la dirección.

El acuerdo previo parecía interesante para las dos partes y comenzaron a trabajar. Planos, especificaciones técnicas, consumos, escandallos de costes, el proyecto se complicaba pero sin duda merecía la pena, sería la venta más importante del año y el cliente quedaría encantado.

Cualquier espera se hace eterna cuando está en juego un contrato importante y la dirección de la empresa tardó un tiempo en aprobar el proyecto. Ahora andaban con la búsqueda de la financiación para acometerlo.

La primera puñalada la recibió cuando le comunicaron que sacaban el proyecto a concurso, después de todo el arduo trabajo, del dinero invertido y del coste de oportunidad, ahora pedían ofertas a todos los competidores para dárselo al más barato.

Llamó inmediatamente al director técnico, con él había trabajado codo con codo, se lo había puesto en bandeja para que se colgara una medalla en su empresa y ahora se merecía una explicación, pero, en el fondo, ya sabía la respuesta que iba a recibir, “yo no puedo hacer nada”.

A Gabriela le reconcomía la rabia, la sensación de impotencia y el sentimiento de haber sido utilizada. Pasados los primeros momentos se puso a trabajar en rehacer la oferta.

Tres semanas más tarde, la segunda puñalada, la definitiva. Tras escribir varios correos a su contacto y no recibir respuesta, le llamó por teléfono. El tono de voz que encontró prácticamente confirmaba lo que sospechaba, el proyecto se lo habían adjudicado a la competencia por un precio un precio un 2% inferior al suyo que ya había sido rebajado hasta comerse casi todo el margen.

Las ganas de llorar le apretaban la garganta. Gabriela se sintió traicionada, aquel día su orgullo quedó herido y la moral deshecha. No iba a ser fácil remontar el vuelo. Por un lado, sus cuentas habían quedado tocadas, pero, lo más importante, su autoestima por suelos. ¿Por qué no tendré un trabajito normal como todo el mundo?, es lo que todo emprendedor se ha cuestionado alguna vez cuando asaltan las ganas de tirar la toalla.


Pero Gabriela sabe que no ha nacido para tener un trabajo normal, su misión en la vida se encuentra en el riesgo, en sufrir los malos ratos y en disfrutar de su libertad y sus triunfos, en arriesgarse, en tomar decisiones y forjar su propio camino. Se tomará un tiempo, el mismo que no tiene, rediseñará la estrategia a seguir, se grabará en la piel los errores cometidos y volverá a salir a calle con la sonrisa radiante y el paso firme para ofrecer al mundo lo mejor de su empresa y su persona.

Por Joaquín Puerta
Publicado en el nº 44 de la revista INNOVATIA


PYMES y autónomos: presuntos culpables


Da igual que se maten a trabajar, da igual que cumplan con las múltiples obligaciones que se les impone. Da igual que tengan que conocer mejor la normativa vigente que su propio negocio. Son autónomos y pequeños empresarios y por lo tanto, presuntos culpables.

Debe ser así o al menos eso es lo que transmite la actuación de la Administración cuando dedica casi las tres cuartas partes de sus inspectores a comprobar la actividad fiscal de autónomos y pymes, y lo hacen a conciencia, de eso puedo dar fe.

Pero es curioso que, si conocemos este dato es porque son los propios inspectores quienes denuncian la situación. El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha (www.gestha.es) ha realizado en numerosas ocasiones recomendaciones para mejorar la efectividad de la actividad inspectora y la lucha contra el fraude fiscal y, entre ellas se encuentra la potestad para investigar a empresas con volumen de ingresos hasta doce millones de euros, cuando en la actualidad se limita a empresas que facturan hasta cuatro millones.

Por lo tanto, mientras los técnicos de Hacienda se dedican a revisar exhaustivamente a los pequeños, ven como los responsables del Ministerio hacen caso omiso a sus propuestas de redoblar el control de grandes empresas y fortunas de nuestro país que es donde saben que se encuentra el grueso del fraude fiscal que cifran en el 25% del P.I.B.

Sin embargo, los responsables del Ministerio, a las órdenes de los que mandan, prefieren centrarse en los autónomos y pymes a quienes les supone un carga adicional dedicar recursos al escrupuloso cumplimiento de las complejas obligaciones fiscales, más recursos a defenderse frente a la presunción de culpabilidad a que se les somete por parte de la Administración y, finalmente, soportar el estigma fruto de la campaña de desprestigio a la están constantemente sometidos.

¿Por qué actúan así nuestros mandatarios? Podría ser por miedo a que las grandes empresas se trasladen a otro país, o porque unos y otros tienen algo que esconder o, simplemente, porque tras el paso por la vida política esperan un puesto en sus consejos de administración. Quién sabe.


Ahora que estamos en plena campaña de I.R.P.F. tendemos a preguntarnos más que en otro momento, ¿Seguro que Hacienda somos todos?


Joaquín Puerta para villaviciosadigital.es 

La letra demasiado pequeña de la Ley de Emprendedores

Hay cosas que no tienen ni pies, ni cabeza, que no responden a un porqué por más que se lo buscamos y leer detenidamente esta Ley de Emprendedores, supone un buen ejemplo de ello al comprobar que ciertos aspectos de la misma, no son, ni mucho menos, lo que parecen.

Alberto pertenece a esta nueva generación de jóvenes que salen de la universidad sabiendo que su futuro se encuentra en el emprendimiento, por eso desde antes de terminar la carrera ha trabajado en el proyecto MIC Athletics, una agencia que pone en contacto jóvenes deportistas españoles con universidades norteamericanas para conseguir becas de estudios en Estados Unidos.

La llegada de la nueva Ley de emprendedores ha creado grandes expectativas, de entre ellas, la más valorada, es la famosa tarifa plana para autónomos que supone en la práctica pagar una cuota de tan sólo 50 € durante los primeros seis meses de actividad.

La diferencia entre los 250 € de cuota mínima de autónomos y esos 50 suponen eliminar una de las principales barreras al emprendimiento que existen. El compromiso de pagar aquella cantidad todos los meses cuando no se sabe cómo va a funcionar un negocio montado con escasos recursos es, en muchos casos, inasumible, además de crear la sensación de que todo el esfuerzo se lo lleva la Administración.

Contentos con la noticia, Alberto y sus socios ya ultiman su proyecto y, como son varios, deciden, con buen criterio, que la forma jurídica más adecuada para la empresa es la sociedad limitada.

Reparto de capital, aportaciones, estatutos, órgano de administración, todo previsto y decidido. Entonces aparece la primera piedra en el camino del emprendedor y la pone, como no, la Administración Pública. La cara de Alberto que queda a cuadros cuando se entera de que a pesar de la Ley de Emprendedores, la Seguridad Social ha decido interpretarla de forma unilateral y aplicar la bonificación de la tarifa plana tan sólo a los emprendedores individuales y profesionales, pero no a los societarios.

De esta forma, quedan fuera de la bonificación en la cuota de autónomos todos aquellos proyectos que vayan a crearse con varios socios, ya que la fórmula societaria es la única posible. También quedan fuera los proyectos que se lleven a cabo gracias a inversores, los mismos que la propia Ley trata de impulsar a través del incentivo con una deducción en el IRPF y una exención por reinversión de los beneficios generados.

Y se quedarán sin la tan famosa tarifa plana para emprendedores, anunciada a bombo y platillo por todos los rincones, cientos de emprendedores que verán cómo después del esfuerzo de crear un proyecto empresarial, arriesgar su dinero y ponerlo en marcha creyendo que su cuota de autónomos será de 50 € durante seis meses, la Seguridad Social les notificará una cuota de 250 €. Irán a la Administración y alguien, distinto de quien toma las decisiones, le tendrá que decir a la cara que no es un error, que acaba de tropezar con una piedra, con una de las que duele, de las que mina la moral para seguir adelante con la carrera de obstáculos que supone el emprendimiento.

Lo peor de todo, la jugada no tiene vuelta atrás ya que, aunque rectificaran, se dieran de baja, buscaran otra forma jurídica en la que sí cupiera acogerse a la bonificación, ya sería tarde porque una de las condiciones de la tarifa plana es no haber estado de alta en el régimen de autónomos en los últimos cinco años.

Alberto ha tenido suerte, seguro que la suerte del que se esfuerza, ha llegado a tiempo de replantearse la forma de iniciar su negocio y lograr la bonificación.


Joaquín Puerta para villaviciosadigital.es


¡Descubre ya la ventaja que supone conocer de un vistazo, a través de sus cuentas, los secretos que esconden las empresas!



Foto: Anna