La letra demasiado pequeña de la Ley de Emprendedores

Hay cosas que no tienen ni pies, ni cabeza, que no responden a un porqué por más que se lo buscamos y leer detenidamente esta Ley de Emprendedores, supone un buen ejemplo de ello al comprobar que ciertos aspectos de la misma, no son, ni mucho menos, lo que parecen.

Alberto pertenece a esta nueva generación de jóvenes que salen de la universidad sabiendo que su futuro se encuentra en el emprendimiento, por eso desde antes de terminar la carrera ha trabajado en el proyecto MIC Athletics, una agencia que pone en contacto jóvenes deportistas españoles con universidades norteamericanas para conseguir becas de estudios en Estados Unidos.

La llegada de la nueva Ley de emprendedores ha creado grandes expectativas, de entre ellas, la más valorada, es la famosa tarifa plana para autónomos que supone en la práctica pagar una cuota de tan sólo 50 € durante los primeros seis meses de actividad.

La diferencia entre los 250 € de cuota mínima de autónomos y esos 50 suponen eliminar una de las principales barreras al emprendimiento que existen. El compromiso de pagar aquella cantidad todos los meses cuando no se sabe cómo va a funcionar un negocio montado con escasos recursos es, en muchos casos, inasumible, además de crear la sensación de que todo el esfuerzo se lo lleva la Administración.

Contentos con la noticia, Alberto y sus socios ya ultiman su proyecto y, como son varios, deciden, con buen criterio, que la forma jurídica más adecuada para la empresa es la sociedad limitada.

Reparto de capital, aportaciones, estatutos, órgano de administración, todo previsto y decidido. Entonces aparece la primera piedra en el camino del emprendedor y la pone, como no, la Administración Pública. La cara de Alberto que queda a cuadros cuando se entera de que a pesar de la Ley de Emprendedores, la Seguridad Social ha decido interpretarla de forma unilateral y aplicar la bonificación de la tarifa plana tan sólo a los emprendedores individuales y profesionales, pero no a los societarios.

De esta forma, quedan fuera de la bonificación en la cuota de autónomos todos aquellos proyectos que vayan a crearse con varios socios, ya que la fórmula societaria es la única posible. También quedan fuera los proyectos que se lleven a cabo gracias a inversores, los mismos que la propia Ley trata de impulsar a través del incentivo con una deducción en el IRPF y una exención por reinversión de los beneficios generados.

Y se quedarán sin la tan famosa tarifa plana para emprendedores, anunciada a bombo y platillo por todos los rincones, cientos de emprendedores que verán cómo después del esfuerzo de crear un proyecto empresarial, arriesgar su dinero y ponerlo en marcha creyendo que su cuota de autónomos será de 50 € durante seis meses, la Seguridad Social les notificará una cuota de 250 €. Irán a la Administración y alguien, distinto de quien toma las decisiones, le tendrá que decir a la cara que no es un error, que acaba de tropezar con una piedra, con una de las que duele, de las que mina la moral para seguir adelante con la carrera de obstáculos que supone el emprendimiento.

Lo peor de todo, la jugada no tiene vuelta atrás ya que, aunque rectificaran, se dieran de baja, buscaran otra forma jurídica en la que sí cupiera acogerse a la bonificación, ya sería tarde porque una de las condiciones de la tarifa plana es no haber estado de alta en el régimen de autónomos en los últimos cinco años.

Alberto ha tenido suerte, seguro que la suerte del que se esfuerza, ha llegado a tiempo de replantearse la forma de iniciar su negocio y lograr la bonificación.


Joaquín Puerta para villaviciosadigital.es


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Foto: Anna

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